Bienes muebles y hogar en fideicomisos
Un otorgante puede poseer un fideicomiso revocable o irrevocable. La diferencia entre los dos tipos de fideicomisos determina si el otorgante debe transferir la propiedad personal y del hogar en ella.
Si el otorgante ha establecido un fideicomiso revocable, él o ella puede transferir parte o la totalidad de sus artículos personales y de uso doméstico en el fideicomiso por medio de una declaración de una página, notariado y testigos. Esta figura muestra una muestra que ha sido exitosa en evitar testamentaria.
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Si el otorgante ha financiado un fideicomiso irrevocable, él o ella definitivamente no quiere incluir hogares y bienes personales (excepto, los elementos que tienen la posibilidad de aumentar su valor en gran medida durante la vida del otorgante). Recuerde, las transferencias en un fideicomiso irrevocable significan el otorgante es renunciar a todos los derechos, títulos e intereses en la propiedad. Si esa propiedad se queda en la casa del otorgante, y el otorgante sigue usarlo, el IRS podría estar bien en su derecho de cuestionar la validez de la transferencia y no permitir el regalo.