La propiedad del inmueble: estados presentes y futuras
Dos o más personas pueden compartir la propiedad de la misma propiedad al mismo tiempo. Dos o más personas pueden poseer la misma propiedad en diferentes momentos, con una persona que posee el derecho de poseer durante un tiempo, y luego otra persona que tenga el derecho de poseer, y así sucesivamente.
La propiedad de los bienes se puede dividir el tiempo. La duración de la propiedad de una persona se llama inmuebles. En otras palabras, una inmuebles es la propiedad de bienes por un período de tiempo. LA presente raíces es una finca que le permita al propietario la posesión en el presente. LA futuro raíces, por el contrario, es una finca que le permita al propietario tomar posesión en algún momento en el futuro.
Unidos en la actualidad generalmente reconocen tres tipos de presentes estados:
Fee simple: El simple cuota es la herencia que continúa indefinidamente. Incluso cuando el propietario de los troqueles simples de honorarios, la finca no finales pasa a sus legatarios por voluntad oa sus herederos de la sucesión intestada.
Raíces de vida: La finca de la vida es un regalo de raíces que dura sólo hasta que el propietario de la finca - u otra persona especificada en el instrumento de la creación del estado de vida - muere. Si el patrimonio es la vida para la vida del propietario de la finca vida, entonces su finca termina en su muerte, y era evidente que no tiene más raíces para regalar por voluntad cuando ella muera.
Se traspasa: El arrendamiento es un presente finca que tiene una duración de un período definido de tiempo, por períodos recurrentes, o hasta que el propietario o el inquilino decide darlo por terminado.
Cuando un estado de vida o de arrendamiento termina, otra persona posee el derecho de tomar posesión de la propiedad. Debido a que esa persona posee el derecho de poseer en el futuro, su derecho se denomina raíces futuro.
Si el otorgante de la finca de vida o de arrendamiento se reserva para sí el derecho de tomar posesión cuando el estado de vida o de arrendamiento termina, el futuro patrimonio del otorgante se llama reversión. Si en lugar de la subvención da la futura finca a otra persona, el futuro raíces que sigue el estado de vida o de arrendamiento se denomina resto.
Cualquiera de estos presentes fincas puede limitarse más en el tiempo mediante la imposición de condiciones que el cese en sus raíces. Por ejemplo, una subvención podrá dar alojamiento a la persona A, siempre y cuando se utiliza la propiedad con fines residenciales. Cuando estas condiciones limitan la duración de una finca, la finca se llama anulable. Una finca puede ser derrotable en las siguientes tres maneras:
Determinable: Si el patrimonio dura sólo el tiempo que una determinada condición no sucede y luego vuelve automáticamente al otorgante en caso de formarse, la finca es determinable. Futuro patrimonio del otorgante - es decir, el derecho a la posesión, siempre y cuando se produce la condición - se llama posibilidad de Reverter.
En condición resolutoria: Del mismo modo, una finca en la condición resolutoria es una finca que el otorgante podrá resolver si se produce la condición especificada. A diferencia de una finca determinable, la finca no termina automáticamente cuando se produce la condición. El otorgante (o sus sucesores) tiene una derecho de entrada o poder de terminación, que es el derecho a optar por tomar la parte trasera propiedad.
Con sujeción a la limitación ejecutoria: Una finca sujeta a limitación ejecutoria termina automáticamente cuando se produce la condición, pero en lugar de volver a la concedente, el derecho de posesión va a otra persona. El futuro patrimonio del tercero que tiene el posterior derecho de posesión se llama interés ejecutoria.