Valor Pagar por interés de propiedad

Todos los actos de grabación, pero dos de los estatutos de carrera proteger un interés después de una participación previa si el propietario del interés más adelante el valor pagado por ello. Los estatutos de grabación son generalmente destinados a proteger a las personas que se verían perjudicados por la falta de notificación de un interés existente en bienes inmuebles.

En otras palabras, las leyes protegen a aquellos que se basan en el estado de título en la decisión de pagar un valor sustancial y perderían algo de ese valor si un interés sin grabar antes eran válidos en contra de ellos. Los que pagan ningún valor para sus intereses de propiedad no pierden ninguna inversión si resulta que sus intereses se vean afectados o inútil debido a los intereses en conflicto anteriores.

Una persona paga el valor de un inmueble al dar cualquier cosa de valor económico sustancial a cambio del interés de propiedad, tales como las siguientes:

  • Dinero: El comprador subsiguiente no tiene que pagar todo el valor de la propiedad con el fin de ser protegidos por la ley de grabación. Los tribunales suelen coincidir en que un comprador está protegido si se paga una cierta cantidad sustancial en comparación con el valor de la propiedad y no una cantidad que es nominal o muy insuficientes. Una persona que recibe un interés de propiedad por donación, será, o herencia no está protegido por la ley de grabación.

    Una simple promesa de pagar dinero, incluso dando una hipoteca para garantizar una promesa tal, no es el pago del valor. Sin embargo, dando una promesa de pago en la forma de un instrumento negociable es el pago de valor si las circunstancias lo harían exigible independientemente de que el promitente recibe buen título de la propiedad.

  • Un préstamo: Muchos estatutos dicen expresamente que los acreedores hipotecarios están protegidos contra los intereses no registrados si cumplen los demás requisitos de la ley. Pero incluso si el acto de registro no dice que, los tribunales todos están de acuerdo en que un prestamista que presta dinero a un prestatario y toma una hipoteca en garantía del reembolso ha pagado el valor según sea necesario para la protección de la ley.

    Sin embargo, si el prestamista ya ha hecho un préstamo sin garantía y luego toma una hipoteca en garantía del reembolso, el prestamista no ha pagado el valor y no está protegida por la Ley de grabación. En esta situación, el prestamista no pagó el valor basándose en el estado de título, a menos que ella se compromete a cambiar de alguna manera la obligación del deudor de una manera que es perjudicial para el prestamista, al igual que al extender el tiempo para el pago.

    Del mismo modo, una persona que adquiere un derecho de retención legal contra la propiedad no paga el valor de su derecho de retención y por lo tanto no está protegido por la ley.

    Por ejemplo, una persona que recibe un juicio contra otro de forma automática consigue un estatutaria gravamen juicio contra su propiedad inmueble, que le permite vender la propiedad para cumplir la sentencia. Algunos estatutos de grabación protegen expresamente los que tienen privilegios de juicio, pero en la mayoría de los estados un lienor juicio no se protege porque no pagó el valor de recibir su gravamen.

  • Cancelación de una obligación: Cancelación de una deuda existente o aceptar una escritura como cumplimiento de una obligación pendiente puede ser el pago de valor.




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